Boletín Informativo Legal N°2 - Enero 2023
El presente boletín tiene por finalidad informarles el cambio en la distribución del 7% destinado a Salud para empleadores adscritos a una CCAF.
En el marco de la Ley de Presupuestos del Sector Público que regirá para el año 2023, publicada en el Diario Oficial, se informa que a partir de enero cambia la distribución de la cotización obligatoria del 7% destinado a salud para quienes cotizan en Fonasa cuyos empleadores estén adscritos a una Caja de Compensación de Asignación Familiar (CCAF).
La recaudación del 7% se hará de la siguiente manera:
FONASA (3,9%) + CCAF (3,1%) = 7%
La forma en que se distribuyen los presupuestos para completar el 7% de la cotización obligatoria para salud fue instruida desde el Ministerio de Hacienda, pero no afecta las condiciones de atención ni cobertura de las personas.
En el caso de las personas que forman parte de Fonasa cuyos empleadores NO estén inscritos en una CCAF, el 7% de cotización de salud se recaudará de manera íntegra en el Fondo Nacional de Salud.
Fonasa ha tomado las medidas necesarias para cumplir con la modificación instruida por la autoridad presupuestaria.
Este Boletín es publicado con la finalidad de servir como guía informativa.
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